Cada año, la temporada de lluvias en México deja cientos de casas afectadas por inundaciones, sobre todo en zonas urbanas con mal drenaje o en regiones propensas a fenómenos naturales. A continuación, te decimos si el gobierno debe pagar por los daños si tu casa se inunda.
¿Si tu casa se inunda, quién debe pagar por los daños?
En caso de que se registren inundaciones en varias casas, el gobierno de la Ciudad de México puede brindar un apoyo, para las viviendas que se vieron afectadas por las lluvias.
El apoyo emergente para las casas inundadas se ofrece por medio de la Secretaría de Inclusión y Bienestar (Sibiso), y se le conoce como “Atención Social en Emergencias”.
Este apoyo se otorga cuando las autoridades consideren que se encuentre en una emergencia, y no es un programa que se entregue de manera permanente, o que se otorgue en automático.
Para tener el apoyo del gobierno, en caso de que una casa se haya visto dañada por las lluvias, es necesario que las autoridades de la capital, lancen una convocatoria, luego se tiene que entregar la documentación a las personas indicadas.
¿Qué se necesita para obtener el apoyo de “Atención Social en Emergencias”?
Las autoridades de la Ciudad de México tienen que declarar que es una emergencia, y que comenzará a entregarse el apoyo emergente para las casas afectadas.
Todas las personas, cuya casa se haya inundado, deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Copia de identificación oficial vigente con fotografía, expedida por una autoridad competente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio no mayor a 3 (tres) meses que acredite ser habitante o ciudadano de la Ciudad de México. En el caso de poblaciones migrantes o personas en situación de calle o personas pertenecientes poblaciones sin domicilio fijo, no será necesario.
- En el caso de alguna discapacidad, enfermedad crónica o padecimiento deberá presentarse certificado médico. Dicho certificado deberá incluir el nombre y firma del médico, número de cédula profesional, fecha de emisión descripción del estado patológico, así como también el sello de la institución que emite el certificado. En caso de causa evidente de la condición física o clínica, o por tratarse de una persona mayor, no será necesario dicho certificado.
- Cuando sea necesario, acreditar con evidencias suficientes y/o documento fehaciente, con capacidad de atestiguar o servir de prueba de fe a alguna cuestión, o que certifica la veracidad o autenticidad de algún hecho, (dictámenes periciales, fe de hechos, dictámenes médicos, testimonios, entre otros); citados los lemas anteriores se mencionan de manera enunciativa y no limitativa.
¿Qué se necesita para obtener el apoyo en caso de inundaciones? Paso a paso
La Sibiso publicó los pasos para obtener el apoyo, en caso de que tu casa se haya visto afectada por inundaciones.
Es necesario que se haya declarado emergencia, que se lance la convocatoria y que se instalen los módulos de atención, para llevar la documentación, y obtener la aprobación para tener la ayuda.
Los pasos son:
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- Se acude a la Dirección de Atención Social y Ciudadana, con dirección: calle Fernando de Alva Ixtlixochitl #185 Colonia Tránsito, Código postal 06820, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
- Si la documentación se encuentra completa, se procede a llenar la Solicitud de apoyo denominada ASIPP “ATENCION SOCIAL INMEDIATA A POBLACIONES PRIORITARIAS” para el ejercicio fiscal 2023.
- Conforme a los lineamientos de operación, el formato se remite a la Dirección General de Inclusión Social para su aprobación.
- En caso de ser aprobada, se remite a la Dirección General de Administración y Finanzas de esta dependencia con el fin de comprobar la existencia en inventario del bien y, en su caso, solicitar la salida de este.
- Se contacta al ciudadano(a) para realizar la entrega del bien.